Cambio sustancial y cambio no sustancial
La tramitación de Cambios no sustanciales y Sustanciales permite mantener al día la Autorización o licencia ambiental.
El Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación así como sus correspondientes legislaciones autonómicas, establecen que se debe presentar ante la Administración un Proyecto que incorpore las modificaciones sustanciales de las actividades ya autorizadas e incluya las modificaciones no sustanciales con efectos sobre el medio ambiente.
Los parámetros para calificar las modificaciones como sustanciales o no sustanciales, tienen en cuenta la mayor o menor incidencia de la modificación prevista sobre la seguridadm salud y medio ambiente, en los siguientes aspectos:
- El tamaño y producción de la instalación
- Los recursos naturales utilizados por la misma
- Su consumo de agua y energía
- El volumen, peso y tipología de los residuos generados
- La calidad y capacidad regenerativa de los recursos naturales de las áreas geográficas que puedan verse afectadas
- El grado de contaminación producido
- El riesgo de accidente Ir a Seguridad
- La incorporación o aumento en el uso de sustancias peligrosas
Tema puede ayudarle en todos los trámites a realizar generando una mínima interferencia en su actividad normal.
Nuestro procedimiento incluye:
- Visita al establecimiento para recopilar los datos adquiriendo un conocimiento detallado de la situación.
- Cuantificación del cambio como sustancial o no en base a los criterios establecidos
- Generación de documentos de solicitud, formulario técnico y memoria técnica.
- Tramitación de la documentación en el portal de la Administración.
- Seguimiento del expediente hasta resolución, la cual quedará incorporada en la Autorización Ambiental.